3.12.20

COLEGIOS PROFESIONALES. EMPEZAR A HABLAR CON LA VERDAD.


Solo 1.600 de 10.000 colegiados han votado en las últimas elecciones. El resto “pasa”. Si la participación electoral en cualquier convocatoria electoral fuera del 16% el propio sistema estaría en crisis. Y es verdad: los Colegios de Arquitectos están en crisis.Los colegiados somos minoría, los Colegios son una imposición, la profesión les da la espalda.

Se sostienen económicamente con los ingresos del Visado, que es un trámite que ya no sirve para nada, y que en cualquier momento puede dejar de ser obligatorio; solo útil para financiar una estructura burocrática hiperdimensionada. Pero en el caso del COAM, además, para pagar la deuda que acarreamos desde que a algunos les dio por construir- nos un gigantesco Palacio de Cristal que está crónicamente vacío y cuyo mantenimiento y gestión cuesta oro. Y para sostener una plantilla sobredimensionada, de excelentes compañeros pero que no podemos permitirnos.

A cambio: ¿Defienden los Colegios los intereses de los Arquitectos?¿Nos brindan servicios que superen en precio y calidad a los del mercado? La respuesta es NO.


Es necesario un movimiento de transformación en profundidad del COAM. Ajustarlo a lo que realmente necesitamos. 

Y claro que lo necesitamos:

Lo primero es lo primero: defender en la arena pública la necesidad de que el trabajo de los arquitectos esté adecuadamente considerado y remunerado. No solo para un selecto grupo sino para todos. Empezando por las propias administraciones y siguiendo por los particulares.

El Visado, mientras exista, no es una necesidad de los arquitectos. Por ello debe de dejar de ser un sobrecosto añadido y ha de abonarse siempre por el cliente.

Alquilar la mayor parte del Palacio de Hortaleza; o bien alquilarlo o venderlo en su integridad y marcharnos a oficinas más razo- nables. Ni un duro más de los colegiados para conservar una ruina económica. Reducir y profesionalizar la plantilla. Priorizar lo telemático. 

Tendrán que ser los primeros y difíciles pasos para poner en orden nuestra casa. No podemos permitirnos continuar con el actual dispendio. Hay que cambiar Cantidad por Calidad.

Esto no puede seguir así. Estas son propuestas de PROCOAM a la nueva junta de gobierno.

25.10.20

PROCOAM y las elecciones a Junta de Gobierno

Nos opusimos a la moción de censura que acabó con la Junta de Gobierno elegida hace poco más de un año. No había más razón para hacerla que el hecho de que estuviera en minoría en la Junta de Representantes. PROCOAM votó en contra de esa moción porque consideraba y considera que el "remedio" era peor que la "enfermedad".

Ahora, luego de meses descabezado, el Colegio va a unas nuevas elecciones a las que se presentan cuatro candidaturas. Cualquiera que gane tendrá menos apoyos que la anterior, habrá menos participación de los colegiados: pandemia y cansancio de los lios del COAM.

No es así como se ha de gobernar el COAM. Menos aún en tiempos de crisis. Se debió formar una candidatura de amplio consenso renunciando a ambiciones personales y objetivos de grupo.
Por eso, así como nos opusimos a la moción, no vamos a dar nuestro apoyo a ninguna de las candidaturas que compiten el 12 de noviembre. 

Colaboraremos en la medida de nuestras fuerzas con la que salga elegida, si gobierna en beneficio de la profesión, de los colegiados y del Colegio.
Y ojalá así sea.

29.9.20

ELECCIONES EN EL COAM: LO VOLVERÁN A HACER

 

El COAM ha entrado en una dinámica de estéril disputa por el "pastel". Es hora de parar, no lleva a ninguna parte.
Hace unos meses una mayoría destructiva en la Junta de Representantes  aprobó una Moción de Censura injustificada e innecesaria contra la Junta de Gobierno. Solo por un quitatetuquemepongoyo. Nuestros Estatutos consienten que los Representantes echen a quienes han elegido los colegiados de forma directa. Hubo quienes pidieron el voto para una candidatura y al año  de salir elegida la repudiaron.
Desde entonces, y precisamente cuando más lo necesita, el COAM carece de dirección.
Dijimos en su día que no eran tiempos de aventuras sino de unirnos por el bien de la profesión,  los colegiados, el Colegio.
Se aproximan ahora las elecciones para dotarnos de un nuevo gobierno. Y mucho nos tememos que lo vuelvan a hacer. 
Por lo que sabemos, ninguna candidatura de las que se están formando va a conseguir más apoyos entre los Representantes que los que tenia la Junta destituida. En esas condiciones no se alcanza a ver el motivo por el que, gane quien gane, no sevaya a repetir la jugada por una nueva mayoría aventurera. Lo volverán a hacer.
Tanto más cuánto que en plena pandemia, la Junta de Gobierno que salga elegida contará seguramente con muchos menos votos directos que la anterior.
No es serio. No es bueno. 
Solo cabe una cosa, por respeto a los colegiados. Que no se presente ninguna candidatura que no tenga el apoyo expreso y manifiesto de una mayoría de Representantes; y su compromiso a mantenerlo toda la legislatura. Solo así se puede comprometer a realizar una gestión útil. De lo contrario volveremos a perder el tiempo.

27.7.20

ENVIALO AL MINISTERIO



1.- Esta Ley es innecesaria porque hay legislación abundante para regular las condiciones objetivas que han de reunir los edificios. Es en esa legislación, en todo caso, donde se debe profundizar y realizar la actualización de los contenidos. No hay otra calidad arquitectónica que la que surge del cumplimiento de una buena normativa de edificación. El estado no ha de legislar en cambio en cuestiones de gusto, opción cultural, técnica o de otro tipo, ni abrir cauces para el dirigismo cultural.
2.- Ningún arquitecto ha de ser privado de su derecho al ejercicio profesional cuando actúa conforme a normativa. No hay lugar para criterios subjetivos del tipo “Comité de Expertos” o similares.
3.- Lo que necesitan los arquitectos, más que cualquier otra cosa, es una regulación adecuada de sus retribuciones, hoy claramente insuficientes.
4.- Las adjudicaciones de los concursos públicos de proyecto y dirección de obras se han de llevar a cabo a través de concursos abiertos y anónimos, a dos vueltas. La primera con unas exigencias moderadas de aportación documental; la segunda, entre los seleccionados a partir solamente de sus propuestas, con abono de gastos. No se admitirán ofertas económicas ni reducción en los plazos de ejecución del proyecto siendo unos y otros determinados por la administración contratante. Los concursos se convocarán con plazos suficientes, evitándose el recurso a las convocatorias de urgencia. El trámite se llevará a cabo con total transparencia.
Cualquier propuesta que conduzca a optar por la generalización del formato de Concurso Restringido no contribuye a una mejor calidad general; es la mera expresión de la defensa de intereses de grupo.
5.- Ese Ministerio ha de centrarse en la promulgación de una Ley estatal de Vivienda, con las modificaciones que correspondan en su caso a la Ley del Suelo, a fin de garantizar el pleno cumplimiento del Artículo 47 de la Constitución Española. Es en esa Ley donde se han de determinar y modernizar las condiciones que han de reunir los edificios de vivienda.
El Ministerio puede regular normativamente a fin de impulsar y obligar a Comunidades y Ayuntamientos al cumplimiento de dicho Artículo.

10.7.20

CAOS EN EL COAM

Lo advertimos: no era el momento de plantear una moción de censura, era el momento de aunar esfuerzos para cuidar de la situación de los arquitectos y del Colegio.

Sin embargo la iniciativa frívola y aventurera prosperó. El COAM ya no tiene Junta de Gobierno.


Debía sustituirla un Junta de Edad que convocara de inmediato elecciones. Huelga decir que la Junta de Gobierno que brotara de esas elecciones no tendría seguramente la legitimidad de la anterior porque no es previsible una alta participación. Los arquitectos, las personas, estamos para otros menesteres.


Pero tampoco. La Junta de Edad está suspendida en sus funciones. Se han desconvocado las sesiones de la Junta de Representantes. Una guerra de grupos, casi mejor decir de clanes, se han enzarzado en una cascada de recursos, denuncias y demandas. La parálisis se ha adueñado del colegio.


El COAM descabezado. Los arquitectos de Madrid estamos sin representación.

6.7.20

LA ARQUITECTURA ESPAÑOLA ES DE MALA CALIDAD


Eso parece creer el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que ha lanzado un Consulta Previa sobre el Anteproyecto de Ley de Arquitectura y Calidad del Entorno Construido. Tratándose, como opina el Ministerio, de un problema cultural y no meramente técnico, sorprende que de la iniciativa no participe el Ministerio de Cultura.

Mediante esta Ley el Ministerio pretende impulsar la Calidad de la Arquitectura y el Entorno Construido; promover su enraizamiento social e identitario; conectar y acercar personas de distintas sensibilidades; integrar profesionales y ciudadanos; actuar las administraciones de forma ejemplificadora en sus contratos potenciando la calidad y la sostenibilidad; contribuir al desarrollo sostenible del territorio y los núcleos de población; facilitar la rehabilitación y renovación urbana; mejorar la eficiencia energética, la accesibilidad, la habitabilidad y la adaptación a las nuevas formas de vida y de trabajo; contribuir a dar respuesta al cambio climático que estamos experimentando, al crecimiento económico y de empleo y a la protección y salvaguarda del patrimonio cultural y natural; fomentar en fin la modernización de la Arquitectura.

Nobles fines, quizás demasiados para una sola Ley. Pero sin embargo España no carece de una profusa y prolija normativa al respecto, tanto estatal como autonómica. La Ley de Contratos del Sector Público; las leyes del Suelo y Rehabilitación Urbana; el Código Técnico de la Edificación, las leyes de Protección del Patrimonio Cultural; la Ley de Ordenación de la Edificación y las leyes de Calidad en la Edificación; las leyes de supresión de barreras arquitectónicas; los Planes Generales de Ordenación Urbana; etc. Por solo enumerar una muy pequeña parte. De lo que carece es de una Ley de Vivienda; pero esa no está ni se la espera: demasiados intereses en juego.

Todo ello no alcanza para el Ministerio: la calidad del entorno construido no se garantiza por el simple hecho de cumplir con la normativa existente, nos dice.
¿Y cómo se garantiza entonces? Si miramos el inmediato antecedente y modelo de lo que podría avecinarse, la Ley de Arquitectura de Cataluña – y quienes impulsaron la Ley catalana impulsan ahora la estatal – se garantiza del siguiente modo.
En primer lugar, esa Ley somete a informe previo por un comité de expertos la concesión de toda licencia de edificación - de iniciativa pública o privada - a fin de evaluar si el proyecto tiene suficiente calidad arquitectónica.  Siendo la calidad el núcleo de la Ley cabría esperar que la definiera de forma precisa. Sin embargo, los valores que dice querer fomentar son vagos: la idoneidad de las construcciones para acoger los usos previstos, la mejora de la calidad de vida de las personas, la contribución a la cohesión social y a la mejor relación de los ciudadanos con su dimensión artística y cultural, la adecuación al entorno y al paisaje, la sostenibilidad en los aspectos medioambiental y económico, la belleza y el interés artístico. Es una calidad definida de manera tan superficial e imposible de objetivar que parece más bien una excusa.
Y en segundo: la Ley catalana acaba con el sistema tradicional español de acceso a los encargos públicos: el Concurso Abierto, en ocasiones anónimo. Todas las adjudicaciones públicas se realizan mediante Concurso Restringido con selección nominal de unos pocos participantes.

Bien mirada la Ley de Arquitectura catalana pone los mimbres para controlar desde las administraciones la integridad del proceso de producción de los espacios; sea mediante la censura previa de los proyectos, sea mediante la selección nominal de los proyectistas. Un grado tal de dirigismo sería inmediatamente motivo de escándalo si donde dice Arquitectura dijera Literatura, Música o Cine.
Pero más allá de lo cultural, la Ley abre las puertas para que quienes desean ejercer su profesión vean como las administraciones se lo impiden alegando la insuficiente calidad de su obra y aunque cumplan con toda la normativa en vigor. Huelga señalar el peligro de este dispositivo, sea en Cataluña o en cualquier sitio.

Puede entenderse porqué desde las instituciones colegiales de los arquitectos se esté dispuesto a embarcarse en esta aventura restrictiva: son órganos poco representativos de la profesión, dirigidos por su sector más favorecido.
Menos se entiende por qué se embarca el Ministerio, salvo que lo que se busque sea precisamente reducir el número de ejercientes libres. Algo que se contradice con la generosidad con la que se abren Escuelas de Arquitectura y se otorgan títulos habilitantes. Pero dar con una mano lo que se va a quitar con otra es un engaño.


21.2.20

LA PLANTILLA DEL COAM SE MOVILIZA CONTRA LOS DESPIDOS

La plantilla del COAM se moviliza contra los despidos ejecutados el pasado viernes

Resumen:

El Comité de Empresa del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid ha convocado a la plantilla de la entidad colegial a participar en una concentración de protesta contra el sorpresivo anuncio del despido de cinco trabajadores integrantes de la Oficina de Concursos, la Comisión Deontológica y el mantenimiento del edificio en el marco de un Plan de Contención del Gasto aprobado por la Junta de Gobierno sin informar previamente a los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras.

Desde el Comité de Empresa se denuncia que la Junta de Gobierno argumente la necesidad de ejecutar estas extinciones en el aumento del coste de personal cuando las revisiones practicadas son estrictamente las establecidas por convenio. En este sentido, recuerdan que la medida afecta al funcionamiento de la Oficina de Concursos, cuya misión de vigilancia de los concursos convocados por diversos entes constituye una de las piedras angulares del deber de gestión y protección del interés público en el ámbito de actuación del COAM; a la Comisión Deontológica quién debe aplicar el régimen disciplinario del COAM, así como al departamento de mantenimiento que pierde al arquitecto que la propia junta de gobierno divulga deben tener todos los edificios.


CONCENTRACIÓN EN SOLIDARIDAD CON LOS DESPEDIDOS:

Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid 21/02/2020

Calle Hortaleza, 63 HORA: 10h

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“La Oficina de Concursos es, desde su creación en 2003, uno de los departamentos mejor considerado por los usuarios. Su misión de vigilancia y control de los concursos convocados por diversos entes ha sido aplaudida en innumerables ocasiones y es muy demandada por los colegiados”, afirman los integrantes del Comité de Empresa del COAM. “Ahora, con esta reestructuración de la que nada sabíamos hasta el pasado viernes y que supone la pérdida del puesto de trabajo de cinco excelentes profesionales -prosiguen los integrantes del Comité- la continuidad de esta importantísima labor se pone en entredicho. Uno de los principales valores del Departamento era la posibilidad de realizar esta supervisión de forma centralizada y altamente especializada mientras que ahora se pretende repartir estas tareas entre diferentes departamentos, incluido uno de nueva creación sobre el cual no tenemos ninguna información. No parece lógico ni adecuado a la función de servicio público intrínseca al COAM que la política de contención de gasto pase por un creciente número de externalizaciones que afectan a diferentes áreas del Colegio y, especialmente, por el desmantelamiento de una Oficina que tiene la responsabilidad de velar para que los concursos convocados sean respetuosos con los intereses y derechos de los profesionales del sector y cumplen escrupulosamente con la legalidad vigente, tal y como corresponde cuando se gestionan recursos e intereses públicos”.



Esther Comas, abogada integrante del equipo jurídico de Colectivo Ronda que actúa como asesora legal de los miembros del Comité, se muestra crítica con la actuación de la Junta de Gobierno en relación a los despidos anunciados el pasado viernes y recuerda que el Estatuto de los Trabajadores protege a través de su artículo 64 el derecho del Comité de Empresa “a ser informado y consultado

Los integrantes del Comité de Empresa expresan su inquietud por el anuncio de que los cinco despidos ejecutados el pasado viernes 14 de febrero se enmarcan en el propósito declarado por la dirección del COAM de “modernizar” la entidad y “asegurar su viabilidad económica” a través de un Plan de Contención del Gasto del que se sigue desconociendo el alcance y amplitud. Al respecto, la Junta Directiva argumentó, a través de un comunicado trasladado a los medios de comunicación, que los recursos destinados sufragar el gasto de personal representaban el 39% de los ingresos, poniendo en cuestión que a medio plazo el COAM pudiera “seguir realizando actividades de difusión de la Arquitectura, entre otros”. “Se trata de una fundamentación endeble y carente de sentido que además no nos han permitido contrastar -afirma el Comité- Los incrementos salariales que la Junta denuncia son, simplemente, los reconocidos por los Convenios de aplicación al personal del COAM y porcentualmente muy inferiores a los incrementos retributivos que esta misma Junta ha aprobado, sin que supusiera ningún problema, a algunos cargos”.



Es por todo ello que el Comité de Empresa está dispuesto a tomar todas las medidas a su alcance legalmente previstas para oponerse a la actuación del COAM tanto en lo referente a las extinciones contractuales como al incumplimiento del deber de información que liga a la dirección del Colegio respecto a los representantes legales de su plantilla. Una pugna que este próximo viernes vivirá su primer episodio a través de la movilización de la plantilla en solidaridad con sus compañeros y compañeras despedidos.





8.1.20

REPRESENTANTES DE 6 GRUPOS CONVOCAMOS UNA JUNTA EXTRAORDINARIA


ATT: Secretaría General Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid
C/Hortaleza 63, Madrid

En Madrid a 7 de Enero de 2020


Los abajo firmantes, representantes del COAM, manifestamos que habiendo solicitado los cabezas de grupo de Renovación COAM, Nuevo COAM, ADN COAM, ProCoam, 4AC y Punto de Encuentro una reunión con la Decano  con fecha de registro del Colegio 14 de Noviembre de 2019, para tratar el asunto que motiva esta solicitud sin que hasta la fecha haya tenido respuesta, en virtud del artículo 26.1 de los Estatutos COAM solicitamos la convocatoria de una Junta de Representantes Extraordinaria para tratar el siguiente orden del día:


Primero.- Elección de moderador


Segundo.-Explicación a la Junta de Representantes por parte de la  Decano Dña. Belén Hermida, las razones por la que se ha contratado a la Secretario del COAM de la Junta de Gobierno saliente en mayo del presente año, como directora de la oficina del Decano, cargo creado expresamente para esta Colegiada.


Tercero.- Lectura para conocimiento de la Junta de Representantes, del Informe de los Servicios Jurídicos del COAM relativo a la posibilidad estatutaria de la contratación de un ex cargo orgánico de la Junta de Gobierno al término de su mandato, para ocupar la Dirección de la oficina del Decano.


Cuarto.- -Explicación a la Junta de Representantes por parte de la Decano del tipo de contrato firmado con Dña. Elena Sarabia Castelló de los siguientes extremos: persona que firmó el contrato, período de prueba, duración, fecha del mismo y acuerdo del órgano colegial que justifique la contratación.


Quinto.- Explicación a la Junta de Representantes por parte de la Decano de las atribuciones que conlleva el cargo contratado y en función del tipo de contrato, categoría laboral si es un contrato de trabajo o si es un contrato de arrendamiento de servicios o mercantil, condiciones para la resolución del mismo y si conlleva cláusula de confidencialidad y secreto de los asuntos que trata.

Sexto.- PROPUESTA DE ACUERDO:


Acuerdo de la junta de Representantes:

Instar a la Junta de Gobierno para que, con carácter de urgencia y en el plazo no superior a treinta días contados desde la fecha de la toma de este acuerdo, proceda a anular y rescindir el contrato suscrito con Dña. Elena Sarabia Castelló en las condiciones que establece la Ley,

En base a los siguientes criterios que justifican la propuesta de acuerdo:

1º. Consideramos que la Decano del COAM, no tiene atribuciones legales y estatutarias para contratar personal para el colegio por sí misma,  conforme al artículo 35 de los Estatutos del COAM 2017, siendo su función, entre otras:

“e) Ordenar la organización y el funcionamiento interno del COAM, ejerciendo cuantas funciones sean necesarias y, en particular, cuantas le sean encomendadas por la Junta General, la Junta de Representantes o la Junta de Gobierno.”

La contratación de personal del COAM corresponde a la Junta de Gobierno, con arreglo al artículo 29.1 de los Estatutos COAM 2017, por cuanto:

“1.- la Junta de Gobierno es el órgano de dirección y administración del COAM.”

También se ha incumplido por la Decano el  artículo  49.4  de  los  Estatutos COAM 2017, sobre la “Comisión de Transparencia”, que dice:

“Las asesorías jurídicas y técnicas en su caso, deberán ser contratadas por mesa independiente de la Junta de Gobierno, evitando cualquier tipo de dependencia orgánica o laboral directa.”

Por todo ello, la Decano se ha extralimitado notoriamente en sus funciones estatutarias, siendo nulo el acto de contratación realizado, por infracción de los Estatutos COAM 2017.

2.- En todo caso, dicho acto consideramos constituye un fraude de Ley puesto que, mediante un acto de contratación, se está dando continuidad material y personal por las funciones a desarrollar, a una colegiada ex cargo orgánico colegial de la Junta de Gobierno anterior elegida en 2015, y ello contrariamente al mandato de los Estatutos del COAM de 2002, y hoy día de 2017 vigentes, para evitar la permanencia en los cargos del Colegio, y, desde luego, las denominadas “ puertas giratorias” en el seno del mismo.

La Disposición Transitoria Segunda de los Estatutos del COAM 2017 en relación con el artículo 29.3 de los Estatutos COAM 2002, que dispuso:

“El mandato de los miembros de la Junta de Gobierno elegida en las elecciones de mayo de 2.015 es de cuatro años. Quienes hayan resultado Electos para un mandato completo de cuatro años no podrán presentar su candidatura hasta transcurridos doce años desde la presentación que dio lugar a su elección” .


Por tanto, consideramos que la contratación por la Decano de Dña. Elena Sarabia Castelló en los términos antes citados, infringe los Estatutos COAM 2017,  según  lo  expuesto,  y,  en todo caso,             es un fraude de Ley a dichos Estatutos        y   a     la  voluntad      de            los                  colegiados,          a     los que representamos.

3. Solicitamos que conste expresamente en Acta que no se trata de personalizar en una colegiada la anulación y rescisión del contrato  suscrito, sino de hacerlo a un ex cargo orgánico de la Junta de Gobierno saliente inmediatamente anterior.

Séptimo.- PROPUESTA DE ACUERDO:


Autorizar a la junta de gobierno para la contratación de un administrativo con la categoría correspondiente para el gabinete de secretaría, al efecto de apoyo a la Decano y al Vicedecano en la suplencia de la Secretario, con cargo, en exceso, a la partida presupuestaria "sueldos" aprobada del ejercicio 2020.