30.10.17

PROPOSICIÓN PARA LA JUNTA DE REPRESENTANTES DEL 30 DE OCTUBRE:

SOBRE EL GRUPO DE TRABAJO DE ANÁLISIS DE PRECIO DE VISADO


Justificación:

Por iniciativa de la Junta de Gobierno, presentada en Junta de Representantes de diciembre de 2016, se crea un Grupo de Trabajo para estudiar la estructura de los precios de visado. Más concretamente, el objetivo del grupo es: análisis del cálculo del precio de visado, según tipo de expediente, para intentar acercar éste a la realidad laboral de los arquitectos que visan, y contribuir a que el precio de visado sea razonable, no abusivo, ni discriminatorio, tal como establece el artículo 13 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
El GT se ha reunido mensualmente hasta antes de verano, celebrándose la primera sesión con fecha 2/02/2017. Se desconoce la razón por la que no se ha convocado en los últimos meses. Tras la primera convocatoria, algunos de los grupos mayoritarios dejan de asistir a las siguientes, sin presentarse ni el titular ni el suplente en diversas reuniones consecutivas.
Han sido sometido a análisis pormenorizado todos los factores que definen el precio de visado (PV): módulo M, coeficiente de superficie C, coeficiente uso Qv y coeficiente de fase F. Se han realizado numerosas propuestas de modificación y estamos a la espera que recibir del departamento de visado del COAM los resultados.
Recordamos que, actualmente, se dan circunstancias, que afectan al precio final del visado. Existen arbitrariedades en el coeficiente de uso Qv, dependiendo de la superficie de un edificio, de su ubicación o matices de denominación de difícil catalogación. A modo de ejemplo, relaciono algunas de las más significativas:
En edificios de uso deportivo, se aplica un coeficiente de uso (Qv) diferente, según el tamaño del mismo, debiendo ser el coeficiente de superficie (C) el que se aplique sobre edificios del mismo uso y tamaño diferente. Los polidevortivos (19.04, 19.05 y 19.06) según sean menores de 1.000 m², sean entre 1.001 m² y 5.000 m² o mayores de 5.000 m², se les aplica un coeficiente de uso Qv de 1,20, 2,10 ó 2,40, lo que supone gravámenes de más de un 75% dependiendo si tiene 999 m² o 1.001 m², debiendo esta circunstancia ser afectada por el coeficiente de superficie C.
Lo mismo ocurre en edificios de uso cultural, en los que se aplica un coeficiente de uso (Qv) diferente, según el tamaño del mismo, debiendo ser el coeficiente de superficie (C) el que se aplique sobre edificios del mismo uso y tamaño diferente. Los centro culturales (18.06, 18.07 y 18.08) ya sean menores de 1.000 m², sean entre 1.001 m² y 2.000 m² o mayores de 2.000 m², se les aplica un coeficiente de uso Qv de 2,00, 2,30 ó 3,00, debiendo esta circunstancia ser afectada por el coeficiente de superficie C.
En edificios de uso industrial, se aplica un coeficiente de uso (Qv) diferente, difícilmente diferenciable según tipo. Así, un edificio industrial de dos o más plantas (15.03) tiene un Qv = 1,40 y si se trata de una sede en polígono industrial (15.04) tiene un Qv = 2,40.


En edificios de uso sanitario se da la muy curiosa circunstancia de que a un mismo uso, el de uso clínica, se le pueden aplicar dos coeficientes de uso Qv diferentes, a criterio desconocido: centro de salud, ambulatorio, clínica (17.01), consulta, tiene un Qv = 1,40; en cambio, clínica (17.01) o centro médico, tiene un coeficiente Qv = 2,40. TOTALMENTE INCOMPRENSIBLE.

Por otra parte, hace tiempo los coeficientes de fase (F) estaban más ajustados a la realidad profesional (30/40/30) en cuanto a los honorarios que se cobran por cada fase. Actualmente, esto está muy distorsionado, con un 25% del básico, un 60% del de ejecución y un 15% del final de obra.

Por ello proponemos la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO

QUE EL GRUPO DE TRABAJO DE PRECIOS DE VISADO CONTINÚE CON SU TRABAJO Y PRESENTE EN EL PLAZO DE 30 DÍAS LAS PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LOS PRECIOS DE VISADO, CON EL OBJETIVO DE ELIMINAR LAS ARBITRARIEDADES ANTERIORMENTE RELACIONADAS Y OTRAS TANTAS QUE SE DETECTEN EN DICHO GRUPO.


PROPOSICIÓN PARA LA JUNTA DE REPRESENTANTES DEL 30 DE OCTUBRE:


ACCIONES POR REALIZAR FRENTE A CONVOCATORIAS DE SOLVENCIA EXCLUYENTES EN LAS LICITACIONES PÚBLICAS.


Justificación:

Los concursos públicos son una importante fuente de trabajo para los arquitectos. La crisis tuvo como consecuencia práctica una paralización en la construcción.  No se convocaban licitaciones de servicios técnicos de arquitectos y la promoción privada se ralentizó. Últimamente se comienzan a convocar concursos, sin embargo, las condiciones de solvencia técnica requerida dejan fuera de juego a gran parte del colectivo.
Establecer como referencia técnica un horizonte temporal invalida nuestros currículos. Es una opción irresponsable y no necesaria que establece la caducidad de la experiencia de nuestro trabajo. La ley de Contratos del Estado ofrece diferentes opciones para justificar la solvencia técnica y financiera.
Conocemos y reconocemos el trabajo que lleva a cabo la OCAM al recurrir los pliegos de estas licitaciones frente a la institución convocante.
Sin embargo, entendemos que es necesario emprender otras acciones.
En primer lugar, 
No solo recurrir ante la institución convocante de la licitación sino también recurrir al Tribunal Administrativo de la Contratación Pública.
El ámbito subjetivo de la competencia del Tribunal incluye a las Entidades Locales del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y sus entes, organismos y entidades, vinculados o dependientes que tengan la consideración de poder adjudicador.
La ley contempla que determinado requerimiento de solvencia puede derivar en una limitación a la participación.
El articulo 90.1 a) de la LCSP dice : “cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes.”
Disponemos de cobertura legal para nuestra solicitud de recurso.
En segundo lugar,
Adelantarnos al problema. Transmitir directamente a los responsables políticos de las distintas instituciones de la Comunidad de Madrid esta inquietud, independientemente de las convocatorias de licitaciones. 
Como estrategia general esta comunicación involucra al gestor público ya que, si bien la solvencia temporal es recogida en la LCSP, esta ley ofrece otros parámetros posibles.
Actualmente el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Se encuentra en discusión en el senado para su aprobación.
Es una buena oportunidad para transmitir nuestra preocupación

Propuesta de acuerdo:

1. La OCAM recurra frente al Tribunal Administrativo de la Contratación Pública las licitaciones convocadas en la CAM que establezcan solvencias técnicas o financieras lesivas para los arquitectos.

2. Campaña de comunicación entre los responsables políticos de las distintas instituciones de la Comunidad de Madrid a fin de transmitirles esta preocupación del colectivo de arquitectos.

PROPOSICIÓN PARA LA JUNTA DE REPRESENTANTES DEL 30 DE OCTUBRE:


SOBRE LA NECESIDAD DE IMPULSAR, DIFUNDIR Y DOTAR DE ESTRUCTURA Y MEDIOS ECONÓMICOS A LA INSTITUCIÓN DE MEDIACIÓN (MEDIACOAM) 


Justificación:

En el año 2014 el COAM aprobó, en junta de representantes del 19 de diciembre, los ESTATUTOS DE MEDIACOAM, Institución de Mediación del COAM. En el año 2015 se crea dicha Institución y se conforma como Centro de Formación, titulándose la 1ª promoción de Mediadores en mayo de ese año. Actualmente son ya tres las promociones formadas en el COAM y se ha convocado un cuarto curso de Especialista en Mediación en asuntos civiles y mercantiles. Desde al año se han realizado diversas acciones relacionadas con la Mediación (jornadas, participación en congresos, Open Space…) y se han firmado varios convenios en materia de mediación (convenio con el Colegio de Procuradores, convenio con el Colegio de Abogados…). En el apartado de asesoría jurídica de la página web ya podemos encontrar un modelo de contrato con cláusula de mediación y en las bases de muchos concursos de la OCAM se incluye esta cláusula. También en Ventanilla Única encontramos un Formulario de Solicitud de Mediación. De todo ésto se deduce el interés del COAM en el fomento de la Mediación y nos consta el esfuerzo personal que se está realizando desde los actuales responsables de Mediación del COAM para desarrollar y abrir nuevas vías de trabajo.
Existe una lista de mediadores especialistas que ya ha empezado a funcionar y se está asignando mediador/a a las mediaciones que están surgiendo. Ya se están realizando mediaciones en el COAM.
El Colegio ha dado soporte a varios requisitos necesarios para dar contenido a la Institucion.Se aprobaron los Estatutos que la regulan y se ha creado el Listado de Arquitectos Especialistas en Mediación, sin embargo aún no se ha dado estructura y organización a Mediacoam, no se ha nombrado Director, no existe un reglamento de la Institución de Mediación ni se ha dotado de partida presupuestaria para poder funcionar.
En el artículo 5º del Título Tercero de los Estatutos de la Institución de Mediación del COAM queda reflejado que al frente de la Institución habrá un Director. Se detallan así mismo sus funciones:
“Al frente de la Institución de Mediación habrá un Director nombrado por la Junta de Gobierno, previa consulta vinculante a la Comisión Permanente, que tendrá entre otras, las siguientes funciones:
a )La dirección y coordinación de las actividades del Instituto.
b) La propuesta a la Junta de Gobierno para su aprobación de las solicitudes de incorporación y baja de los mediadores que integran el Instituto.
c) La propuesta a la Junta de Gobierno de las líneas de actuación del Instituto.
d) Velar por el correcto funcionamiento del Instituto y por la consecución de sus fines”

Tal y como se ha señalado ya hay tres promociones de mediadores y desde el COAM se sigue ofreciendo formación. Cada vez habrá más arquitectos mediadores (formados dentro y fuera del Centro de Formación del COAM) y ya se están realizando mediaciones por lo que creemos que es importante que Mediacoam tenga un Director/a que sea la cara visible de la Institución y que contribuya, junto con un Reglamento de la Institución, a fijar unos protocolos y una línea de actuación clara que dé solidez y calidad a la Institución y que establezca los criterios necesarios para garantizar la capacidad e integridad de los mediadores de Mediacoam, evitando que existan actuaciones muy dispares o un mal funcionamiento, y que ofrezca, así mismo, respaldo al desarrollo profesional de los arquitectos mediadores del COAM.

Los resultados que se deriven de la actuación profesional de los mediadores de Mediacoam repercutirán en el prestigio del Colegio.  La buena actuación y profesionalidad de un mediador de Mediacoam es imagen del COAM y la propia Institución de Mediacoam es el instrumento para garantizarlo.
La Institución de Mediación del COAM puede convertirse en un referente en la resolución pacífica de conflictos dentro de nuestro ámbito, adquiriendo un compromiso con la sociedad. Este servicio puede acercar más al COAM a la sociedad, y formar parte de la función social inherente a la Institución colegial. Igualmente supone una nueva forma de ejercicio profesional y un importante campo de trabajo para los arquitectos.
Para poder posicionarnos de manera eficaz en este ámbito, en el que los arquitectos tenemos mucho que aportar, y poder impulsar la Institución de Mediación de una manera estructurada y seria creemos que es necesario dotar a Mediacoam de una partida presupuestaria.

Tambien creemos que es necesario dar mayor difusión a la Institución de Mediación y a la mediaicón en sí. Muchos colegiados no conocen su existencia dado que es difícil encontrar información al respecto en la página web del Colegio.


Propuesta de acuerdo.

1.- QUE SE NOMBRE DIRECTOR O DIRECTORA DE LA INSTITUCIÓN DE MEDIACIÓN DEL COAM.
2.-QUE EN LOS PRESUPUESTOS DE 2018 SE HABILITE UNA PARTIDA PARA LA INSTITUCIÓN DE MEDIACIÓN.
3.- QUE SE FORMALICE UN ESPACIO EN LA PÁGINA WEB DEL COLEGIO PARA MEDIACOAM.




PROPOSICIÓN PARA LA JUNTA DE REPRESENTANTES DEL 30 DE OCTUBRE:


SOBRE LA NECESIDAD DE IMPULSAR, DIFUNDIR Y DOTAR DE ESTRUCTURA Y MEDIOS ECONÓMICOS A LA INSTITUCIÓN DE MEDIACIÓN (MEDIACOAM) 


Justificación:

En el año 2014 el COAM aprobó, en junta de representantes del 19 de diciembre, los ESTATUTOS DE MEDIACOAM, Institución de Mediación del COAM. En el año 2015 se crea dicha Institución y se conforma como Centro de Formación, titulándose la 1ª promoción de Mediadores en mayo de ese año. Actualmente son ya tres las promociones formadas en el COAM y se ha convocado un cuarto curso de Especialista en Mediación en asuntos civiles y mercantiles. Desde al año se han realizado diversas acciones relacionadas con la Mediación (jornadas, participación en congresos, Open Space…) y se han firmado varios convenios en materia de mediación (convenio con el Colegio de Procuradores, convenio con el Colegio de Abogados…). En el apartado de asesoría jurídica de la página web ya podemos encontrar un modelo de contrato con cláusula de mediación y en las bases de muchos concursos de la OCAM se incluye esta cláusula. También en Ventanilla Única encontramos un Formulario de Solicitud de Mediación. De todo ésto se deduce el interés del COAM en el fomento de la Mediación y nos consta el esfuerzo personal que se está realizando desde los actuales responsables de Mediación del COAM para desarrollar y abrir nuevas vías de trabajo.
Existe una lista de mediadores especialistas que ya ha empezado a funcionar y se está asignando mediador/a a las mediaciones que están surgiendo. Ya se están realizando mediaciones en el COAM.
El Colegio ha dado soporte a varios requisitos necesarios para dar contenido a la Institucion.Se aprobaron los Estatutos que la regulan y se ha creado el Listado de Arquitectos Especialistas en Mediación, sin embargo aún no se ha dado estructura y organización a Mediacoam, no se ha nombrado Director, no existe un reglamento de la Institución de Mediación ni se ha dotado de partida presupuestaria para poder funcionar.
En el artículo 5º del Título Tercero de los Estatutos de la Institución de Mediación del COAM queda reflejado que al frente de la Institución habrá un Director. Se detallan así mismo sus funciones:
“Al frente de la Institución de Mediación habrá un Director nombrado por la Junta de Gobierno, previa consulta vinculante a la Comisión Permanente, que tendrá entre otras, las siguientes funciones:
a )La dirección y coordinación de las actividades del Instituto.
b) La propuesta a la Junta de Gobierno para su aprobación de las solicitudes de incorporación y baja de los mediadores que integran el Instituto.
c) La propuesta a la Junta de Gobierno de las líneas de actuación del Instituto.
d) Velar por el correcto funcionamiento del Instituto y por la consecución de sus fines”

Tal y como se ha señalado ya hay tres promociones de mediadores y desde el COAM se sigue ofreciendo formación. Cada vez habrá más arquitectos mediadores (formados dentro y fuera del Centro de Formación del COAM) y ya se están realizando mediaciones por lo que creemos que es importante que Mediacoam tenga un Director/a que sea la cara visible de la Institución y que contribuya, junto con un Reglamento de la Institución, a fijar unos protocolos y una línea de actuación clara que dé solidez y calidad a la Institución y que establezca los criterios necesarios para garantizar la capacidad e integridad de los mediadores de Mediacoam, evitando que existan actuaciones muy dispares o un mal funcionamiento, y que ofrezca, así mismo, respaldo al desarrollo profesional de los arquitectos mediadores del COAM.

Los resultados que se deriven de la actuación profesional de los mediadores de Mediacoam repercutirán en el prestigio del Colegio.  La buena actuación y profesionalidad de un mediador de Mediacoam es imagen del COAM y la propia Institución de Mediacoam es el instrumento para garantizarlo.
La Institución de Mediación del COAM puede convertirse en un referente en la resolución pacífica de conflictos dentro de nuestro ámbito, adquiriendo un compromiso con la sociedad. Este servicio puede acercar más al COAM a la sociedad, y formar parte de la función social inherente a la Institución colegial. Igualmente supone una nueva forma de ejercicio profesional y un importante campo de trabajo para los arquitectos.
Para poder posicionarnos de manera eficaz en este ámbito, en el que los arquitectos tenemos mucho que aportar, y poder impulsar la Institución de Mediación de una manera estructurada y seria creemos que es necesario dotar a Mediacoam de una partida presupuestaria.

Tambien creemos que es necesario dar mayor difusión a la Institución de Mediación y a la mediaicón en sí. Muchos colegiados no conocen su existencia dado que es difícil encontrar información al respecto en la página web del Colegio.


Propuesta de acuerdo.

1.- QUE SE NOMBRE DIRECTOR O DIRECTORA DE LA INSTITUCIÓN DE MEDIACIÓN DEL COAM.
2.-QUE EN LOS PRESUPUESTOS DE 2018 SE HABILITE UNA PARTIDA PARA LA INSTITUCIÓN DE MEDIACIÓN.
3.- QUE SE FORMALICE UN ESPACIO EN LA PÁGINA WEB DEL COLEGIO PARA MEDIACOAM.



29.10.17

PROPOSICIÓN PARA LA JUNTA DE REPRESENTANTES DEL 30 DE OCTUBRE:


CREACIÓN DEL LIBRO DE ORDENES DIGITAL


Justificación:

El libro de órdenes en papel es un residuo anterior al visado digital.
El libro de órdenes digital agiliza el protocolo de órdenes en la obra.
Las órdenes se incorporan directamente a la carpeta digital del proyecto.
El COADE ofrece el libro de órdenes digital como posibilidad alternativa al de papel por 4,00 €.
En el mercado hay ofertas de aplicaciones de libro de órdenes digital.

Acuerdo:

1. Dar los pasos necesarios para que el libro de órdenes digital reemplace al libro de órdenes en papel o en su caso que coexistan.
2. Estudiar entre las ofertas de libros de órdenes digitales en mercado cual es la mejor opción para el COAM.
3. Facilitar a los colegiados el libro de órdenes digital.





PROPOSICIÓN PARA LA JUNTA DE REPRESENTANTES DEL 30 DE OCTUBRE:

CREACIÓN DE UN SERVICIO JURIDICO ESPECÍFICO PARA LA DEFENSA DE LA PROFESIÓN CON EL OBJETIVO DE LITIGAR JUDICIAL Y EXTRAJUDICIALMENTE EN FAVOR DE LAS COMPETENCIAS DE LOS ARQUITECTOS

Justificación

En diciembre de 2015 solicitamos a la Junta de Gobierno que realizara las gestiones necesarias ante los diferentes ayuntamientos y organismos públicos como la Comunidad Autónoma de Madrid, para que sus servicios técnicos, garanticen el cumplimiento y la aplicación de la LOE en la tramitación de sus expedientes. La actual Junta de Gobierno asumió la petición, enviando una carta a los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid. Se solicitaba asimismo que la Junta de Gobierno comunicara mensualmente a la Comisión Permanente de este Colegio el progreso de estas gestiones y los avances conseguidos de forma que en el plazo de tres meses se pudiera hacer una valoración de la estrategia utilizada y, si fuera necesario, discutir otras alternativas. 

Han pasado casi dos años y actualmente seguimos observando con preocupación cómo esta  propuesta no ha conseguido solucionar el problema de fondo ya que se siguen concediendo licencias urbanísticas en materias que afectan a las competencias exclusivas de los arquitectos (grupo A de la LOE) con proyectos de ejecución de otros técnicos, principalmente arquitectos técnicos, ingenieros de la edificación, ingenieros industriales y de caminos. También se ha podido constatar como determinados proyectos firmados por un arquitecto en uso de las competencias reconocidas por la LOE, (como pueda ser el de electricidad en un edificio), no son admitidos en determinados organismos como la Comunidad de Madrid si no van firmados por un ingeniero industrial

Esta situación se ve agravada por un marco regulatorio de las ordenanzas de tramitación de licencias que presenta serias carencias, vacios y lagunas legales por lo que en la tramitación de expedientes, se aplican diferentes criterios que quedan a la discrecionalidad de los departamentos técnicos encargados de la revisión de los proyectos. Este es el caso de las sucesivas modificaciones de la Ordenanza de tramitación de licencias del Ayuntamiento de Madrid, con la aparición de las “declaraciones responsables” en el caso de actividades económicas o la aplicación de la “comunicación previa” para muchos tipos de actuaciones sobre la edificación, que favorecen la desaparición del proyecto y/o documentación técnica firmada por un arquitecto en la tramitación del expediente de licencia. Combinación muy desafortunada en la que parece que se va a ahondar en la actual revisión de esta Ordenanza, aún en contra de la opinión de muchos técnicos municipales que no comparten las bondades de este modelo.
En relación con las atribuciones profesionales recogidas en la LOE, los departamentos jurídicos de muchos ayuntamientos prefieren no hacer la criba de quién es el técnico competente dando por buena su capacitación si viene avalado por su colegio profesional, lo que lleva en la práctica a la situación ya comentada: profesionales con otras titulaciones realizando proyectos de ejecución e informes cuya competencia es de arquitecto con el único respaldo del visado de su respectivo colegio.

Este intrusismo es cada vez más frecuente, facilitado en gran medida por que estos colegios profesionales responden puntualmente con denuncias a través de sus servicios jurídicos contra los ayuntamientos cuando se produce un rechazo de los proyectos firmados por sus técnicos por no considerarlos competentes.
La situación que se deriva de esta práctica es que hoy en día la defensa contra el intrusismo está más en la acción de los colegios profesionales y sus servicios jurídicos que en la acción de la administración. En ese sentido vemos con preocupación las insuficientes medidas que ofrece el COAM en este aspecto tan vital para la profesión, empezando por un servicio jurídico dedicado a esta tarea.
Por otro lado, frente a los desafíos que se plantean en el horizonte, no sabemos si realmente existe una estrategia de ir acumulando jurisprudencia para defender nuevas atribuciones cuando éstas se vuelvan a poner en discusión.
Temas como por ejemplo la suscripción del Informe de Evaluación del Edificio, (actualmente de competencia de arquitectos y arquitectos técnicos pero a la espera de ser modificada por una futura Orden del Ministerio de Fomento para abrir este campo a otros titulados ingenieros) obliga a estudiar una defensa efectiva si no queremos ver mermado este nicho de trabajo. 
Por todo lo expuesto, consideramos de vital importancia un posicionamiento del COAM que defienda nuestra capacitación en estos ámbitos para evitar una significativa pérdida de oportunidades de trabajo y el intrusismo profesional. Una situación que finalmente también afecta a la economía del COAM al reducirse enormemente el número de expedientes visados y por supuesto a la seguridad jurídica de los arquitectos. Parecería que en el COAM tenemos casi una tendencia a no visar cuando los ingenieros lo visan todo y consiguen tramitar muchísimos proyectos.
Entendemos que el COAM debe asumir como prioritaria la defensa del colegiado y no sólo de una manera "retórica" sino efectiva con los recursos legales y materiales necesarios. Para ello nos parece imprescindible crear un servicio jurídico específico para litigar en defensa de la profesión con dos ámbitos principales:
Contra el INTRUSISMO mediante la defensa de las competencias exclusivas legalmente reconocidas en el grupo A de la LOE, litigando contra la CONCESIÓN de cualquier licencia o documento integrante de la documentación de cualquier licencia redactado por técnico no perteneciente al grupo A de la LOE, garantizando así la calidad de la documentación de dicha licencia.
Contra el RECORTE COMPETENCIAL mediante la defensa de las competencias legalmente reconocidas en los restantes grupos de la LOE, litigando contra la DENEGACIÓN o inadmisión de proyecto o documento redactado por arquitecto en materias sobre las que tenemos reconocida competencia legal, como son los proyectos de instalación eléctrica en edificios proyectados por nosotros por ejemplo.
Se plantea esta propuesta con un objetivo a largo plazo de ir acumulando precedentes judiciales con los que facilitar a los servicios jurídicos de los ayuntamientos la adopción de pronunciamientos justificativos a favor de las competencias exclusivas de los arquitectos en proyectos del grupo A de la LOE, así como del reconocimiento competencial de los arquitectos en el resto de grupos de la LOE y de proyectos asociados a nuestras edificaciones.

Propuesta de acuerdo

REFUERZO DEL DEPARTAMENTO JURIDICO CON LA CREACION DE UNA DIVISIÓN ESPECÍFICA PARA LITIGIOS EN DEFENSA DE LA PROFESIÓN CON DOS OBJETIVOS PRINCIPALES:
1. CONTRA EL INTRUSISMO.
2. CONTRA EL RECORTE COMPETENCIAL.



PROPOSICIÓN PARA LA JUNTA DE REPRESENTANTES DEL 30 DE OCTUBRE:

CREACIÓN DE UN GRUPO DE TRABAJO EXPERTO CON EL OBJETIVO DE HACER UN SEGUIMIENTO DE LA SITUACIÓN DEL INTRUSISMO PROFESIONAL Y DE LA DEFENSA DE LAS COMPETENCIAS DE LOS ARQUITECTOS

Justificación

Las mismas razones que nos llevan a considerar necesaria la creación de un servicio jurídico específico para litigar en defensa de la profesión en los ámbitos de:
- INTRUSISMO y defensa de las competencias exclusivas de los arquitectos superiores legalmente reconocidas en el grupo A de la LOE.
- Contra el RECORTE COMPETENCIAL mediante la defensa de las competencias legalmente reconocidas en los restantes grupos de la LOE.

Se plantea esta propuesta con un objetivo a largo plazo de ir acumulando información y precedentes para determinar el estado de la cuestión y para servir de apoyo a la actuación del servicio jurídico específico.

Propuesta de acuerdo

CREACIÓN DE UN GRUPO DE TRABAJO EXPERTO PARA LA DEFENSA DE LAS COMPETENCIAS DE LOS ARQUITECTOS Y EL SEGUIMIENTO DE LOS PROBLEMAS DERIVADOS DEL INTRUSISMO PROFESIONAL Y EL RECORTE COMPETENCIAL.

27.10.17

PROPOSICIÓN PARA LA JUNTA DE REPRESENTANTES DEL 30 DE OCTUBRE:

SOBRE EL AUMENTO DE RECURSOS DEL CAT 

Justificación:

La actividad del Colegio, hasta hace poco, se ha contraído por los claros problemas presupuestarios y el contexto de nulo crecimiento de los últimos años. El Centro de Asistencia Técnica para arquitectos está compuesto por tres personas que difícilmente podrán aguantar el crecimiento positivo de la actividad en el COAM, de acuerdo con los ingresos por visados.
Esta propuesta consiste en prever crédito disponible para costear un incremento de al menos el 66%, es decir, el equivalente a dos personas más -llegando a 5 personas dedicadas al CAT- y así disponer en los próximos años de mayor personal dedicado a temáticas del día a día del colegiado. Con los nuevos estatutos el CAT pasa a ser un servicio básico.

El Colegio de Arquitectos de Madrid necesita un Centro de Asistencia Técnica fuerte. Mayores medios se deben traducir en poder editar preguntas frecuentes, en publicar las respuestas de los especialistas, en mayor presencia del CAT en las redes, en intercambios con otros CAT, en renovar las guías CAT, en mayor seguimiento de las normativas y capacidad de presentar alegaciones, asesoramiento a técnicos municipales, en mayor capacidad para dar respuestas por escrito a los colegiales….

Propuesta de acuerdo:

1.  QUE EN LOS PRESUPUESTOS DEL AÑO 2018 SE DESTINE CRÉDITO SUFICIENTE PARA INCREMENTAR LA PLANTILLA DEL CAT EN UN 66% DE LO DESTINADO EN 2017.




26.10.17

PROPOSICIÓN PARA LA JUNTA DE REPRESENTANTES DEL 30 DE OCTUBRE:

CREACIÓN DE UN GRUPO DE TRABAJO DE EXPERTOS QUE ESTUDIE Y VALORE LA POSIBILIDAD DE CREAR UNA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ARQUITECTOS.


Exposición de motivos:

Los Arquitectos somos un colectivo que demanda, tanto para su actividad profesional como para el cultivo de sus aficiones, unos bienes y servicios bastante homogéneos y en ocasiones de un precio estimable.
Adquirimos software, hardware, consumibles, librería, papelería, mobiliario, así como determinados servicios, de forma recurrente. A esto pueden sumarse otros bienes relacionados con el ocio y el consumo personal.
Los arquitectos madrileños constituimos un colectivo muy numeroso – unos 10.000 – y contamos con la ventaja logística de encontrarnos concentrados en un área relativamente pequeña. A esto hay que sumar que pueden canalizar el poder de compra de sus círculos familiares o personales.
Como colectivo, podríamos acceder a descuentos producto de una economía de escala; estar dotados de poder de negociación; y la cooperativa podría prestar un servicio adicional actuando como un filtro de calidad y garantía.
El cooperativista puede participar activamente en el desarrollo de la empresa, todos los socios tienen igualdad de derechos y eligen a los órganos de gobierno. El movimiento cooperativo contribuye a fortalecer la sociedad civil, estimulando la conciencia grupal y el sentido solidario.
Los arquitectos contamos con dos ejemplos de cooperativas exitosas: Una cooperativa de crédito -Caja de Arquitectos- con implantación nacional y en pleno proceso de expansión. Fundada en 1.983 ha demostrado como una entidad financiera, nacida para responder a las necesidades de un colectivo profesional, puede ser un proyecto sólido. La cooperativa de consumo Jordi Capell. Fundada en 1977 cuenta con 20.000 socios y ofrece artículos de librería, papelería diseño e informática. Realiza la venta en tienda física, web y telefónica, estando implantada en Cataluña e Islas Baleares.


Acuerdo:

1.- La creación de un grupo de trabajo que analice la viabilidad de la creación de una Cooperativa de Consumo para los arquitectos madrileños.
2.- Que se facilite que este grupo cuente con el apoyo de las diversas asesorías del COAM.
3.- Los trabajos de este grupo queden recogidos en un documento que, sin ánimo de ser exhaustivo, informe sobre:
            -Modelo de estatutos adaptados a nuestra realidad
            -Objeto social y modelo de negocio
            -Necesidades que pretende cubrir
            -Financiación hasta que sea rentable
            -Cooperativistas a los que va dirigida
            -Colaboración entre el COAM y la Cooperativa

21.10.17

¿UNA COOPERATIVA DE CONSUMO PARA LOS ARQUITECTOS MADRILEÑOS? 


La cooperativa de consumo Jordi Capell fundada en 1977 por los arquitectos barceloneses cuenta con 20.000 socios y ofrece artículos de librería, papelería diseño e informática. Realiza la venta en tienda física, web y telefónica, dando servicio en Cataluña e Islas Baleares.

Los arquitectos y arquitectas de Madrid constituimos un colectivo muy numeroso – unos 10.000 – y contamos con la ventaja logística de encontrarnos concentrados en un área relativamente pequeña.

Como profesionales ejercientes demandamos unos bienes y servicios bastante similares -software, hardware, consumibles, papelería, mobiliario etc.- y en ocasiones de un precio estimable. Esto nos lleva a preguntarnos si no debemos dar el paso de promover una cooperativa de consumo creada por y para nosotros.

Como colectivo, podríamos acceder a descuentos producto de una economía de escala; estar dotados de poder de negociación; y la cooperativa podría prestar un servicio adicional actuando como un filtro de calidad y garantía.

Un proyecto de este tipo debería de funcionar de manera autónoma, definiendo claramente cuáles son las necesidades que se pretende cubrir y el servicio que desea prestar a los arquitectos.

En Procoam pensamos que dentro del Colegio deberíamos dar los pasos iniciales para, cuando menos, explorar esta posibilidad de crear un nuevo servicio para todos los profesionales de la arquitectura.

LICITACIONES SIN CONCURSOS PÚBLICOS


En relación con otras Comunidades Autonómicas la de Madrid es una de las que menos licitaciones para servicios de arquitectos convoca. Observamos que las administraciones regionales y municipales de Madrid no convocan concursos públicos de arquitectos para sus edificios dotacionales.

La Dirección General de Infraestructuras Educativas de la CM tiene una larga tradición en no convocar concursos abiertos para arquitecto para sus edificios educativos: escuelas infantiles, colegios e institutos o infraestructuras deportivas. En  los presupuestos generales 2017 de la CM se establece un crédito inicial de 60.490.483 € para la ejecución de estas infraestructuras ¿Cómo se han gestionado los proyectos?

El Ayuntamiento de Madrid va a ejecutar un equipamiento dotacional en el centro de Madrid con un presupuesto de 20.000.000 € y 3 escuelas infantiles con un presupuesto de más de 9.000.000 €. En ninguno de estos casos han convocado concurso abierto de arquitectura.

La falta de transparencia es absoluta en cuanto a la adjudicación de estos proyectos. Los arquitectos y arquitectas del COAM entendemos que se está burlando nuestro derecho a participar, a debatir, y a proponer ideas respecto al patrimonio construido de la ciudad y la región de Madrid.


2.10.17

GRUPO DE TRABAJO DE ARQUITECTOS AUTÓNOMOS


Los arquitectos y arquitectas que desempeñamos la profesión liberal la realizamos habitualmente como trabajadores autónomos. Esto comporta asumir multitud de riesgos y la necesidad de diseñar nuestra vida profesional y personal en función de ellos.

Asuntos tan relevantes como la jubilación,  la fiscalidad la responsabilidad patrimonial -nuestra y de nuestros herederos-, los problemas asociados a ser administradores de una sociedad, la morosidad y sus consecuencias, etc… deberían ser conocidos en toda su extensión por todos los que somos autónomos así como deberíamos contar con un asesoramiento claro que prevenga las situaciones complicadas que muchas veces tenemos que afrontar.

Procoam organizó en enero y  en colaboración con la Asociación de Trabajadores Autónomos ATA una jornada sobre la problemática del arquitecto autónomo. El  video completo de la jornada lo puedes ver en nuestro blog  http://www.procoam.blogspot.com.es

Ahora  le plantearemos a la Junta de Gobierno la conveniencia de crear un grupo de trabajo de arquitectos autónomos abierto a todos los colegiados, en el que podamos compartir experiencias. 

El resultado de los trabajos de este grupo podría ser, por ejemplo, realizar una guía de itinerario profesional, en la que se expongan con claridad y sin tapujos  los problemas a los que nos enfrentamos los autónomos y las soluciones para ellos.



ELECCIONES OPACAS EN EL CSCAE

El presidente del Consejo Superior de Arquitectos representa a todos los colegios de arquitectos de España, por extensión es por tanto el representante nacional de todos los arquitectos españoles. 

Un cargo de tal importancia, el representante de todos nosotros ante las instituciones nacionales e internacionales, se elige en una votación secreta y cerrada entre el conjunto de decanos de los diferentes colegios territoriales.

El CSCAE es esencial para la profesión;  el sistema de elección debería cambiar a una votación directa entre todos los arquitectos, ese debe ser el objetivo, pero ahora al menos esperamos que se dé difusión a los programas de los candidatos y que se organicen debates entre ellos. Al menos así el futuro presidente quedará comprometido con su programa ante todos los arquitectos.

PREMIOS COAM, EN LAS CERCANÍAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO

Dos de los recientes premios COAM tienen relación cercana con la Junta de Gobierno. Se debía haber evitado. En beneficio de todos hay que cumplir, o potenciar si hace falta, las incompatibilidades.