25.5.14

PROPOSICIONES PROCOAM JUNTA DE REPRESENTANTES 24 DE MAYO 2014

PROCOAM propone, con el objetivo de que el COAM desarrolle con más eficacia sus funciones las siguientes propuestas de acuerdo

Instalación de cartel identificativo en la fachada de la sede del COAM, en la zona superior del hueco de acceso principal en la C/Hortaleza, cumpliendo con la Ordenanza de Protección del Paisaje Urbano, Título IX, Artículo 33.b, en el que ponga “Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid”, que ocupe todo el ancho del hueco y una altura de 45cm, y que para ello se soliciten los correspondientes permisos administrativos en un plazo no superior de 15 días hábiles.

2. Reglamento de Visado: plazos de tramitación
Urgir a la Junta de Gobierno a reducir los tiempos de tramitación de los visados, que en la actualidad tienen un plazo mínimo de 3 días naturales. Esta situación provoca que ante proyectos que pueden ser visados en otros colegios profesionales, muchos clientes opten por hacerlos con otros técnicos competentes, con la consiguiente pérdida de oportunidades laborales para los arquitectos y reducción de ingresos por parte del COAM. En particular, se debe habilitar parte del personal de visado para la tramitación de pequeños expedientes en el mismo día de la presentación, tales como certificados, informes, hojas de dirección, certificados de idoneidad y certificados de andamios, certificados finales de obras de presupuesto inferior a 60.000 €.

3. Reglamento de Visado: precios de visado, solidaridad
En la actualidad el precio de los visados de trabajos de edificación responden a la siguiente fórmula:
Precio de Visado = M x C x Q x S x F / 6000
M=Módulo base; Q= coeficiente en función del uso de la edificación; S=superficie construida total; F=coeficiente de complejidad; C=coeficiente en función de la superficie construida total.
En aras de conseguir un colegio cada día más solidario y justo, se urge a la Junta de Gobierno a establecer un coeficiente C único con un valor de 8,50 (del mismo modo que el ICIO, tiene un coeficiente fijo para todas las obras, independientemente de su tamaño). Con este coeficiente C, no se verían disminuidos los ingresos del COAM en concepto de visado y el 95% de los trabajos visados verían reducido su precio.



4. Reglamento de Visado: sello de acreditación de arquitecto colegiado y habilitado
Creación de un sello con el logotipo del COAM, que no sustituya al de visado ni al de aporte voluntario de documentación, sino que simplemente acredite que el colegiado que firma el documento se encuentra efectivamente colegiado y no se encuentra en situación de inhabilitación para el ejercicio de la profesión. Este precio, debe ser muy reducido, 10,00 € aproximadamente, para incrementar los ingresos del COAM por este concepto.

5. Solicitud de información sobre el impulso y seguimiento del convenio del año 2001 entre el Ayuntamiento de Madrid y los colegios de arquitectos (COAM) y de Aparejadores (COAATM) para la realización de informes e ITE´s y sobre las listas de peritos en los juzgados de la Comunidad de Madrid. Posibilidad de ampliar el convenio de ITE´s a otros municipios de la Comunidad.
Se solicita de la Junta de Gobierno del COAM una información regular y al menos mensual del progreso de las diferentes iniciativas aprobadas en las Juntas de Representantes. En concreto se solicita información sobre las gestiones realizadas para reactivar el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid referente a las ITE´s y respecto a las listas de peritos en los juzgados de la Comunidad de Madrid aprobadas en la pasada Junta de representantes.
Se solicita a la Junta de Gobierno que intente establecer convenios similares respecto de los informes de ITE u otros informes similares que vengan a sustituirla con otros municipios de la Comunidad de Madrid.

6. Cumplimiento de la LOE por el Ayuntamiento de Madrid
Instar a la Junta de Gobierno del COAM a realizar las gestiones necesarias ante el Ayuntamiento de Madrid para que sus servicios técnicos en las diferentes Juntas municipales y en especial, la Dirección General de control de la edificación y el Servicio de conservación y edificación deficiente, garanticen el cumplimiento de la LOE y las propias ordenanzas municipales en la tramitación de sus expedientes de licencia, requerimientos de ejecución de obras y de ejecución sustitutoria y denuncias, exigiendo para todas las actuaciones de reparación estructural y para todas las actuaciones referidas a edificios con algún tipo de protección, la firma de un arquitecto superior, para evitar la situación actual en la que de manera ilegal se aceptan proyectos firmados por aparejadores e ingenieros de muy diversas especialidades. Se solicita además que la Junta de Gobierno una vez realizadas estas gestiones comunique a los representantes en un plazo no superior a dos meses el resultado de las mismas y los avances conseguidos.


1 comentario:

  1. Esto es bueno Post.rojasbautista debe establecer en su lugar un recordatorio en su artículo impresionante para lecturas futuras. Me pregunto si podría haber alguna actualización pronto? Gracias por el interesante blog usted.

    equipo de construcción

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