30.10.17

PROPOSICIÓN PARA LA JUNTA DE REPRESENTANTES DEL 30 DE OCTUBRE:


ACCIONES POR REALIZAR FRENTE A CONVOCATORIAS DE SOLVENCIA EXCLUYENTES EN LAS LICITACIONES PÚBLICAS.


Justificación:

Los concursos públicos son una importante fuente de trabajo para los arquitectos. La crisis tuvo como consecuencia práctica una paralización en la construcción.  No se convocaban licitaciones de servicios técnicos de arquitectos y la promoción privada se ralentizó. Últimamente se comienzan a convocar concursos, sin embargo, las condiciones de solvencia técnica requerida dejan fuera de juego a gran parte del colectivo.
Establecer como referencia técnica un horizonte temporal invalida nuestros currículos. Es una opción irresponsable y no necesaria que establece la caducidad de la experiencia de nuestro trabajo. La ley de Contratos del Estado ofrece diferentes opciones para justificar la solvencia técnica y financiera.
Conocemos y reconocemos el trabajo que lleva a cabo la OCAM al recurrir los pliegos de estas licitaciones frente a la institución convocante.
Sin embargo, entendemos que es necesario emprender otras acciones.
En primer lugar, 
No solo recurrir ante la institución convocante de la licitación sino también recurrir al Tribunal Administrativo de la Contratación Pública.
El ámbito subjetivo de la competencia del Tribunal incluye a las Entidades Locales del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y sus entes, organismos y entidades, vinculados o dependientes que tengan la consideración de poder adjudicador.
La ley contempla que determinado requerimiento de solvencia puede derivar en una limitación a la participación.
El articulo 90.1 a) de la LCSP dice : “cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes.”
Disponemos de cobertura legal para nuestra solicitud de recurso.
En segundo lugar,
Adelantarnos al problema. Transmitir directamente a los responsables políticos de las distintas instituciones de la Comunidad de Madrid esta inquietud, independientemente de las convocatorias de licitaciones. 
Como estrategia general esta comunicación involucra al gestor público ya que, si bien la solvencia temporal es recogida en la LCSP, esta ley ofrece otros parámetros posibles.
Actualmente el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Se encuentra en discusión en el senado para su aprobación.
Es una buena oportunidad para transmitir nuestra preocupación

Propuesta de acuerdo:

1. La OCAM recurra frente al Tribunal Administrativo de la Contratación Pública las licitaciones convocadas en la CAM que establezcan solvencias técnicas o financieras lesivas para los arquitectos.

2. Campaña de comunicación entre los responsables políticos de las distintas instituciones de la Comunidad de Madrid a fin de transmitirles esta preocupación del colectivo de arquitectos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario